jueves, 22 de octubre de 2009

La pena de muerte


La Pena de muerte:

La pena de muerte o pena capital consiste en la ejecución de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos a los cuales se aplica esta sanción penal suelen denominarse crímenes o delitos capitales.



Cuál es el grado de aplicación en otros países:

Se aplica la ley de pena de muerte en otros países

La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades en un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política. Actualmente el uso de la pena de muerte ha sido abolido en casi todos los países europeos (excepto Bielorrusia), y la mayoría de los correspondientes a Oceanía (como Australia, Nueva Zelanda y Timor Oriental). En América, Canadá y la mayoría de países latinoamericanos han abolido completamente la pena de muerte, mientras que los Estados Unidos de América, Guatemala y la mayoría de los estados del Caribe la mantienen en vigor, y Brasil la contempla como castigo en situaciones excepcionales, como por ejemplo para castigar la traición cometida en tiempo de guerra. En Asia la pena de muerte está permitida en democracias como Japón e India. En África, se aplica aún la pena de muerte en democracias como Botswana y Zambia.

En qué casos se aplica la pena de muerte para legislaciones extranjeras:

En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. También se castiga con pena de muerte en otros países la apostasía, la renuncia formal a la propia religión. En muchas naciones «retencionistas»(es decir, países que aún aplican la pena de muerte), el narcotráfico es también susceptible de ser castigado con la pena de muerte. En China, el tráfico de personas y los casos graves de corrupción política son castigados con la pena de muerte. En algunos países la pena de muerte se utiliza por motivos políticos, con la máxima difusión posible, como «escarmiento» de masas: en 2007 en Corea del Norte el director de una empresa fue ejecutado públicamente en un estadio deportivo, ante 150.000 personas como castigo por haber realizado llamadas telefónicas al extranjero.

La pena de muerte en chile:

Estado y el Código de Justicia Militar), reemplazando la pena capital con la de presidio perpetuoEn Chile la pena de muerte fue derogada en 2001 por Ley Nº 19.734, que modificó ley establece que aquel condenado por esta última pena no podrá optar a la libertad condicional sino una vez transcurridos 40 años de privación de libertad efectiva.

En el caso de la Justicia Militar, la pena de muerte se mantiene para los tiempos de guerra. También se contempla en la Constitución en su Artículo 19, número 1, que indica que la pena de muerte sólo podrá establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado.

La pena de muerte como castigo máximo se aplicó en Chile desde tiempos coloniales.[3] En Chile 58 personas fueron condenadas por los tribunales a la pena de muerte desde que ésta fuera incluida en el ordenamiento jurídico en 1875. Del total, 29 de ellos habían cometido robo con homicidio; 24, homicidio calificado; uno por asalto con homicidio; uno por homicidio con incendio y tres por homicidio con violación. El primer ejecutado fue acusado de robo con homicidio y enfrentó el pelotón de fusilamiento el 3 de febrero de 1890. La última vez que se aplicó fue el 29 de enero de 1985, terminando con la vida de los carabineros Carlos Alberto Topp Collins y Jorge Sagredo Pizarro, responsables de una docena de homicidios en serie perpetrados en Viña del Mar.

http://es.wikipedia.org/wiki/Pena_de_muerte

6 comentarios:

  1. Claramente la pena de muerte y su reestablecimiento es un tema que se ha discutido mucho en estos días, debido a los graves delitos cometidos y las bajas e insufiecientes penas que se han decretado. Respecto a su reestablecimiento hay que considerar que ya fue abolida en nuestro ordenamiento jurídico, considerando los principios fundamentales y los valores que inspiran nustra constitución politica, y ademas el pacto de San Jose de Costa Rica, impide expresamente reestablecerla en aquellos países en donde ya se ha abolido.

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  2. Coincido con el comentario que me antecede, efectivamente la pena de muerte es un tema que está muy enboga respecto a ciertos tipos de delitos.
    Personalmente opino que la pena de muerte no se debe reestablecer, ya que como sabemos que la vida no es un objeto disponinle por nadie, por ende, nadie es capacitado para decidir si puede terminar con la vida de otro.
    Además ya existen otros medios para castigar a aquellos delitos.
    Saludos.

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  3. Claramente la pena de muerte y su reestablecimiento es un tema que se ha discutido mucho en estos días, debido a los graves delitos cometidos y las bajas e insufiecientes penas que se han decretado. Respecto a su reestablecimiento hay que considerar que ya fue abolida en nuestro ordenamiento jurídico, considerando los principios fundamentales y los valores que inspiran nustra constitución politica, y ademas el pacto de San Jose de Costa Rica, impide expresamente reestablecerla en aquellos países en donde ya se ha abolido.

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  4. El derecho internacional es una situacion en el derecho llamativa y armonica, delitos informaticos toman fuerza dia tras dia en el derecho, seria una opcion de suma importancia en el futuro, y respecto a la pena de muerte Solo dios es quien puede quitar la vida, pero en ocasiones es necesaria.

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  5. Es un tema que causa mucha controversia, sumamente discutible y sobre todo con bastante debate por delante aùn. Si bien es cierto con respecto a la pena de muerte es posible realizar bastantes interrogantes, por ejemplo ¿Donde existe la justicia? en casos en que los delitos cometidos, son a tal extremo brutales y conmovedores para la sociedad que simplemente ninguna pena es satisfactoria para el afectado. Sin duda es un tema debatible personalmente, creo que hay crimenes simplemente brutales que no se encuenta razòn en ningun tipo de castigo, pero en realidad la vida es a tal extremo valiosa, pienso que no es posible disponer de ella como lo hace la pena de muerte y ademàs como es de conocimiento general, en nuestro pais, en virtud del Pacto de San Jose de Costa Rica se ha abolido.

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  6. debo decir que estoy completamente de acuerdo
    con lo dicho por mi compañera.
    Ya que la pena de muerte no debe ser reestablecida en nuestro paìs, por que existen otros medios para pagar con la pena del delito y no debe utilizarce como un medio disuasivo.

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